Los principios de la Doctrina social. El principio de subsidiariedad

68. El principio de subsidiariedad nace de la misma visión sobre la persona que ha guiado nuestra reflexión sobre la dignidad y el bien común. Si toda mujer y todo hombre están llamados a ser protagonistas de su propia vida y a participar en la construcción de la sociedad, entonces también la organización social debe respetar y favorecer esta responsabilidad. La Doctrina social de la Iglesia llama "subsidiariedad" al principio según el cual aquello que pueden hacer las personas, las familias, las comunidades locales y los cuerpos intermedios no debe ser absorbido por instancias superiores. Las instituciones de nivel superior deben reconocer, proteger y promover la libertad y la creatividad de los niveles inferiores, coordinando sus aportaciones para que cooperen eficazmente al bien común. [91]
69. Desde el inicio del Magisterio social moderno, a partir de León XIII, la Iglesia ha insistido en el hecho de que ni la persona ni la familia deben ser absorbidas por el Estado, sino que deben actuar libremente, en la medida de lo posible, sin causar daño al bien común. [92] San Juan Pablo II retomó y profundizó esta perspectiva, recordando que la comunidad política está al servicio de la sociedad civil y que el Estado debe velar por el bien común, interviniendo cuando sea necesario, pero sin sustituir de manera permanente la responsabilidad de los cuerpos intermedios y de las entidades sociales. [93]La subsidiariedad no justifica el desinterés del Estado, sino que orienta su acción; la intervención pública se requiere precisamente para permitir que todos los sujetos sociales desarrollen su misión sin ser aplastados. Corresponde a la comunidad política crear las condiciones para que personas, familias, asociaciones y cuerpos intermedios puedan realizar su propia vocación social, sin ser sustituidos o reducidos a meros ejecutores. [94]
70. Este principio alienta a superar toda forma de gestión paternalista o asistencialista de la vida social, promoviendo un estilo de corresponsabilidad: un Estado que valora la iniciativa de los ciudadanos y una sociedad civil capaz de generar vínculos y activar energías al servicio del bien común. En una lógica de subsidiariedad, las decisiones se toman al nivel más cercano posible a las personas involucradas, valorando la vida asociativa, de modo que el pueblo no se encuentre frente a decisiones ya tomadas, sino que pueda entrar en su camino de construcción. Allí donde familias, asociaciones, comunidades locales, realidades del voluntariado y del denominado "tercer sector" son reconocidas y sostenidas, la vida social se vuelve más cercana a las personas, los servicios se brindan con mayor atención a las necesidades reales y las respuestas son más creativas y respetuosas de la dignidad de cada uno. [95]
71. El principio de su
bsidiariedad vale de manera particular en el contexto de la revolución digital. Aquí el nivel superior no es el Estado, sino todo gran actor económico y tecnológico que ejerce un poder fáctico sobre las condiciones de la vida común. El nivel que absorbe competencias, datos y capacidad decisional está constituido por empresas y plataformas, que definen condiciones de acceso, reglas de visibilidad, formas de relación e incluso oportunidades económicas. La subsidiariedad requiere que dichos procesos no se impongan desde lo alto de modo opaco y unilateral, sino que estén orientados al bien común mediante la transparencia, la responsabilidad y formas reales de participación (auditorías independientes, transparencia en los algoritmos, acceso equitativo a los datos, herramientas de apelación). [96]
72. En este contexto, los estados y las instituciones supranacionales están llamados a garantizar reglas justas y mecanismos de protección eficaces para que las comunidades locales, los cuerpos intermedios, las escuelas y las universidades, así como las realidades eclesiales y asociativas puedan tener voz y contribuir al discernimiento de las decisiones que inciden en la vida de las personas: trabajo, acceso a los servicios, gestión de los datos y ambientes digitales. En las decisiones que se refieren a los flujos económicos, las plataformas digitales, la gestión de los datos y los algoritmos, no se puede dejar que pocos actores por sí solos orienten los procesos, sino que es necesario construir formas de cooperación que respeten los diversos niveles de la comunidad mundial y los hagan corresponsables del bien común. [97]
[91] Cf. Pontificio Consejo Justicia y Paz, Compendio de la doctrina social de la Iglesia, 187.
[92] Cf. León XIII, Carta enc. Rerum novarum (15 mayo 1891), 26: ASS 23 (1890-1891), 656.
[93] Cf. S. Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus (1 mayo 1991), 11: AAS 83 (1991), 806-807.
[94] Cf. ibíd.
[95] Cf. ibíd., 48: AAS 83 (1991), 852-854.
[96] Cf. Francisco, Carta enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), 169: AAS 112 (2020), 1028.
[97] Cf. ibíd., 168: AAS 112 (2020), 1027-1028.
