Comisión Nacional para la Prevención de Abusos, protección de menores y adultos vulnerables y promoción de una cultura del cuidado

DECRETO N° 1/2024
Visto
1º La necesidad de establecer una cultura en relación con el cuidado y la prevención de abusos en nuestras comunidades eclesiales: parroquias, colegios, obras sociales y otros centros de atención.
2º La necesidad de actualizar la Guía para la protección de menores y prevención de abusos sexuales.
3º La necesidad de coordinar, dar seguimiento y avalar los cursos de capacitación y sensibilización en el tema de la cultura del cuidado y prevención de abusos en ambientes eclesiales.
4º La conveniencia de contar para esa atención con profesionales cristianos que realicen un trabajo interdisciplinar desde distintas áreas relativas a la actuación en prevención de abusos (salud, derecho, psicología, medicina, comunicaciones, y otras afines que se vea oportuno considerar).
5º La necesidad de una mutua cooperación con la Conferencia de Religiosos del Uruguay (CONFRU).
CONSIDERANDO
6º Los documentos de la Santa Sede referidos a esta materia, especialmente el motu proprio "Sacramentorum sanctitatis tutela" (SST), del 30 de abril de 2001; la Carta Ad exsequendam ecclesiasticam legem, del 18 de Mayo de 2001, que legisló sobre los delicta gravioribus; las Normae de gravioribus delicti, modificadas el 21 de mayo de 2010; y el "Subsidio para las Conferencias Episcopales en la preparación de Líneas Guía para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte del clero", enviado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 3 de Mayo de 2011; la Carta Apostólica en forma de motu proprio "Vos estis lux mundi" del Papa Francisco, del 25 de marzo de 2023
DECRETO:
1° Créase la Comisión Nacional para la Prevención de Abusos, protección de menores y adultos vulnerables y promoción de una cultura del cuidado.
2º sus objetivos serán: actualizar la guía de prevención de abusos, coordinar, dar seguimiento y avalar los cursos de capacitación y sensibilización;
3º ofrecer asesoramiento primario a autoridades eclesiales;
4º orientar las políticas de la CEU sobre la prevención de abusos a menores y adultos vulnerables en ambientes eclesiales y de ayuda a las víctimas. Para lo cual deberá proponer, orientar, supervisar y evaluar dichas políticas. La Comisión pondrá su trabajo y servicio a disposición de los Obispos diocesanos, Superiores mayores de congregaciones religiosas, así como de otras diversas realidades de la Iglesia y de la sociedad civil;
5º la Comisión deberá redactar sus propios estatutos ad experimentum por dos años, pendientes de revisión y aprobación definitiva luego de ese período.
6º Los miembros de la Comisión serán nombrados directamente por la CEU.
7º la CONFRU presentará una terna de candidatos para integrar la Comisión, junto con sus respectivos curriculum vitae. La CEU, elegirá uno de ellos, en diálogo con la Comisión.
8º Para el primer período (abril 2025-abril 2028) se designa a las siguientes personas para integrar esta Comisión:
- El Obispo presidente que sea elegido por la Asamblea de la CEU
- Leonardo Risso
- Daví Aparecido de Miranda
- Susana González
- Caren Machado Machado, MFVE
- María José Pastorino Zaffaroni
Aprobado por unanimidad en la asamblea plenaria ordinaria de la CEU, el 12 de noviembre de 2024.
+Arturo Fajardo, obispo de Salto
Presidente de la CEU
+Heriberto Bodeant, obispo de Canelones
Secretario General de la CEU
Montevideo, 11 de Diciembre de 2024.
Regístrese, comuníquese a quien corresponda y publíquese en el sitio web de la CEU.